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1,200 niñas forzadas a ser madres

Xalapa, Ver.- En un lapso de diez años, en el estado de Veracruz se forzó a más de mil 200 niñas y adolescentes a no interrumpir su embarazo, aun cuando el producto es derivado de un acto de pederastia en contra de las menores.

Lo anterior lo dio a conocer la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Congreso del Estado, Ivonne Trujillo Ortiz, al formular una iniciativa de reforma al Código Penal para el estado de Veracruz.

La legisladora advirtió que el actual catálogo de delitos penales, a la letra, no profesa protección a las niñas y adolescentes embarazadas debido a una pederastia y por lo tanto, la propia ley implica conducir a término la gestación y dar a luz.

En la presentación de motivos de la iniciativa de ley, Ivonne Trujillo compartió los datos de Colectivo Equifonía A.C., en donde se refiere que en los últimos 10 años mil 219 niñas veracruzanas fueron obligadas a dar a luz un hijo, aun cuando este fue producto de un acto de pederastia.

Agregó que, a 696 niñas veracruzanas de 12 años, víctimas de pederastia, se les obligó a dar luz entre 2008 y 2018; además a 300 niñas de 11 años se les forzó a dar a luz, y 223 niñas de 10 años en igual situación.

En 2011, se cuentan 243 registros de niñas obligadas a dar a luz, víctimas de pederastia; sin embargo, en 2018 es cuando mayor incidencia porcentual reporta, ya que con 36 casos se concentra poco más del diez por ciento de la incidencia nacional.

Por lo anterior, Ivonne Trujillo presentó la iniciativa para reformar el artículo 154 del Código Penal del Estado de Veracruz, a modo de incluir la pederastia como causal de no castigo al aborto.

La legisladora planteó que al artículo 154 del Código Penal se le añada como causa no punible de aborto el hecho de que sea producto de un acto de pederastia.

Estas se agregan a las causales ya especificadas en el Código Penal y que se refieren a que sea causado por imprevisión de la mujer embarazada; sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, siempre que se practique dentro de los noventa días de gestación.

Además, que se añade a que, de no provocarse, la mujer embarazada quede en peligro de muerte a juicio del médico que la asista y que, a juicio de dos médicos, exista razón suficiente de que el producto padece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.

La diputada añadió que, de aprobarse la iniciativa, se contribuye al cumplimiento de los “Objetivos de Desarrollo Sostenible” de la Agenda 2030, las metas de la “Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes” (ENAPEA).

Cabe agregar que el Secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública refleja condiciones de vulnerabilidad contra niñas, niños, adolescentes y mujeres, al registrar 141 casos de hostigamiento sexual y 156 violaciones simples de enero a mayo; además de 5 denuncias por violación equiparada.

Por Arturo Arellano


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