martes, mayo 21, 2024
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PAN propone la “legítima defensa” en Veracruz

Debido al aumento de actos delictivos en la entidad, el grupo legislativo del PAN presentó una iniciativa que permitiría que cualquier ciudadano actúe en legítima defensa en caso de ser agredido, su familia o patrimonio sin temer a las consecuencias legales.

Para ello, se tendría que modificar el artículo 25 del código penal por lo que a nombre de su bancada, la presidenta de la Mesa Directiva, María Elisa Manterola Sainz, propuso modificarlo en lo referente al capítulo de las “Causas que excluyen el delito”.

Así, se establecería como excluyente “actuar en defensa de su persona, de su familia, de su honor o de sus bienes o de la persona, honor o bienes de otro; repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente”.

La legítima defensa no aplicaría cuando el agredido provoque la agresión, dando causa inmediata y suficiente para ella, que previo a la agresión pudo fácilmente evitarla por otros medios legales, que no hubo necesidad racional del medio empleado en la defensa y que el daño que iba a causar el agresor, era fácilmente reparable después por medios legales o era notoriamente de poca importancia, comparado con el que causó la defensa.

“Concurren los requisitos de la legítima defensa, respecto de aquel que rechazare al agresor, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado o de sus dependencias; cualquiera que sea el daño causado al agresor.

“En el mismo sentido, salvo prueba en contrario, favorecerá al que causare cualquier daño, lesión o prive de la vida a otro, a quien encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su familia, aun cuando no sea su hogar habitual; en un hogar ajeno que aquel tenga obligación de defender; en el local en que aquel tenga sus bienes o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen”, agrega la propuesta.

María Elisa Manterola Sainz indicó que es necesario contar claramente con los elementos en el Código Penal respecto a cuándo se da la hipótesis de manera fehaciente de la legítima defensa; con lo que no se determine responsabilidad penal por lesiones, daños o muerte que cause la víctima a su atacante.

Al subir a la tribuna del Recinto Oficial de Sesiones, alertó que según el reporte de febrero de 2017 del Observatorio Nacional Ciudadano, en el país se registra el robo a una casa-habitación cada 6 minutos con 30 segundos en promedio, según las carpetas de investigación iniciadas.

“En el caso específico de nuestro Estado, el robo a casa-habitación de febrero de 2016 a 2017 fue de mil 886 carpetas de investigación abiertas y tan sólo en el mes de febrero de este año. se suscitaron 145 delitos con investigaciones”.

Por cuanto hace al delito de robo a negocios, agregó que en Veracruz la cifra de febrero de 2016 a febrero de 2017 fue de 2 mil 489 carpetas de investigación abiertas; contabilizándose en febrero de este año 355.

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